El 17 de marzo pasado la Comisión Europea presentó su propuesta de Reglamento por el que se establecen disposiciones relativas a la comercialización de los productos fertilizantes con el marcado CE.
Los trabajos comenzaron en 2010, cuando la Comisión encargó un estudio para la evaluación de cómo había funcionado el vigente Reglamento 2003/2003, relativo a los abonos. Se concluyó que había ordenado eficazmente el mercado pero que una parte importante quedaba fuera (fertilizantes orgánicos y enmiendas) y que las modificaciones para adaptarse al progreso técnico eran lentas, lo que dificultaba la innovación. Desde entonces, la Comisión empezó a elaborar una propuesta que cubriera todos los insumos relacionados directa o indirectamente con la nutrición vegetal (fertilizantes, enmiendas, bioestimulantes y sustratos de cultivo) conforme al llamado “nuevo enfoque legislativo”.
La previsible propuesta de reglamento no llegó a presentarse porque no entraba en sus prioridades para 2015, además de la oposición de gran número de EEMM durante los grupos de trabajo previos.
Paralelamente, se estaba desarrollando la iniciativa comunitaria de la “economía circular”. Se pretende con ella cambiar del modelo lineal descrito como “tomar–fabricar–consumir–desechar” hacia una economía circular cuyo objetivo es mantener a lo largo de toda la cadena, el valor de los materiales y la energía empleados en la elaboración de los productos mediante una duración óptima, a la vez que se minimizan los residuos y el uso de recursos.
Uno de los modelos más claros de esta nueva economía es la creación de mercados para las “materias primas secundarias”. Estas se definen como “materiales residuales que son vendidos y usados para su reciclaje en la fabricación de otros productos”. Un ejemplo sería el sector de los abonos orgánicos. Igualmente, otro concepto fundamental es el de materias primas críticas, entendido como aquellas materias primas de gran importancia económica para la UE pero con alto riesgo de perturbación en su abastecimiento. Entre ellas se encuentra el fósforo.
De esta forma, la propuesta presentada, efectivamente al amparo de la iniciativa de la Comisión Europea para la economía circular, cubre fertilizantes minerales, orgánicos y órgano-minerales, enmiendas calizas y orgánicas, sustratos de cultivo, bioestimulantes, incluyendo microorganismos, y aditivos agronómicos (agentes quelantes, complejantes e inhibidores). Para esta ampliación del ámbito es necesario modificar la definición de fitosanitario del Reglamento 1107/2009 así como el establecimiento del punto final de los subproductos animales no destinados a consumo humano, para que puedan a entrar a formar parte de un producto fertilizante.
Supone un profundo cambio en la normativa de estos insumos. Se pasa de una legislación basada en la relación de tipos de productos autorizados al establecimiento de un sistema de declaración de la conformidad por parte del fabricante con unos condicionantes básicos y unas normas que permitan garantizar su cumplimiento.
Un aspecto a recalcar es el mantenimiento de una armonización optativa. Esto significa que la adopción del “marcado CE” no será obligatoria, con lo que convivirán una nueva normativa comunitaria con las distintas legislaciones nacionales, persistiendo entonces el reconocimiento mutuo que garantice el libre mercado dentro de las fronteras de la Unión Europea.
Esta pieza normativa se estructura a partir de unos anexos que establecen los requisitos que deben cumplir aquellos productos que quieran acceder al marcado CE. Así, el anexo I define las distintas categorías de productos de acuerdo a su función así como los contenidos mínimos en nutrientes u otros parámetros y los límites máximos en contaminantes. El anexo II complementa al primero relacionando las diferentes materias primas que pueden entrar a formar parte de dichos productos. Es de destacar que se podrán incluir residuos como nuevos componentes en la medida en que existan estudios a nivel europeo que indiquen las condiciones para que alcancen la condición de fin de residuo. A día de hoy, están incluidos el compost y los digeridos, mientras que se ha encargado al Joint Research Centre la evaluación de la estruvita, las cenizas y el biochar que podrían tener un uso como fertilizante o enmienda.
El anexo III introduce las disposiciones relativas al etiquetado, ligándolas a cada tipo de “categoría funcional” y las tolerancias que podrán admitirse como diferencia entre el valor real de algún parámetro y el declarado. El anexo IV detalla los módulos de evaluación de la conformidad que deberán seguirse dependiendo tanto del tipo de producto como de los componentes que lo formen, yendo desde la simple autocertificación por parte del fabricante hasta sistemas más complejos en los que debe ser evaluado por una entidad notificada oficialmente para realizar tales actividades. Finalmente, el anexo V incluye el modelo de declaración de la conformidad que deberá acompañar a los productos con marcado CE.
Las primeras reuniones en el seno del Consejo ya se están llevando a cabo. En ellas, los Estados miembros están poniendo de manifiesto sus dudas y declarando sus posiciones respecto a esta propuesta. Desde la unidad del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente competente en esta materia, se han expuesto distintas preocupaciones, relacionadas principalmente con la garantía de que los productos finalmente regulados sean eficaces agronómicamente, no limitándose a no causar daño a la salud o al medio ambiente, así como la necesidad de contar con un etiquetado útil y completo. Otro tema es el establecimiento de unos límites estrictos y no basados en fundamentos científicos y un calendario riguroso para la reducción del cadmio en los fertilizantes procedentes de roca fosfórica. Hay que tener en cuenta que, en la actualidad, no existen técnicas viables a nivel industrial que disminuyan su contenido natural; lo que podría encarecer aún más este tipo de abonos.
La complejidad del documento requiere un estudio detallado y profundo para evaluar las posibles consecuencias para los sectores implicados, productores, usuarios y administraciones encargadas de su implantación y control. En ello estamos.