El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), un paquete legislativo compuesto por ocho reales decretos que regulan la aplicación de la Política Agraria Común (PAC) para el próximo periodo de programación 2023-27 y que entrará en vigor el próximo 1 de enero.
Con estos ocho nuevos reales decreto se completa el entramado legislativo necesario para implementar el plan estratégico nacional para la aplicación de la nueva PAC en España que le Comisión Europea aprobó el pasado 31 de agosto.
Las normas aprobadas hoy se suman a la ley que regula el sistema de gestión de la PAC y otras materias conexas, que aprobó el Congreso de los Diputados el 15 de diciembre, y a los reales decretos de intervenciones sectoriales que se publicaron el pasado mes de octubre (frutas y hortalizas, vitivinícola y apícola).
La nueva PAC es una herramienta fundamental para asegurar la rentabilidad, la competitividad y la sostenibilidad de la agricultura y la ganadería españolas y de los territorios rurales donde se asientan. Los agricultores y ganaderos españoles recibirán en torno a 7.150 millones de euros anuales de ayudas procedentes del Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader).
Seis de los ocho decretos aprobados hoy regulan cuestiones ligadas directamente con la gestión de las ayudas establecidas en el plan estratégico de la PAC. Los otros dos reales decretos (nutrición sostenible de suelos y uso sostenible de fitosanitarios) son de carácter regulatorio de la actividad agraria, de forma que, si bien no afectan a las ayudas de la PAC, sí contribuyen directamente a los objetivos establecidos en el plan estratégico y, por lo tanto, forman parte igualmente de su paquete normativo.
En total, el paquete legislativo de la PAC está formado por la ley y 18 reales decretos, de los que ya se han aprobado 15. Los tres que están pendientes de publicación se refieren a penalizaciones, potencial vitícola y bienestar animal, y no condicionan la entrada en vigor del plan estratégico.