El Fondo Español de Garantía Agraria (Fega) ha publicado en su página web una circular sobre la gestión de las comunicaciones de cesiones de derechos de pago básico de la Política Agrícola Común (PAC).
El documento tiene por objeto establecer los criterios para la gestión armonizada de las comunicaciones de cesión de derechos de pago básico con efecto en la Solicitud Única 2018, y para la aplicación homogénea en todo el territorio nacional de las retenciones a las cesiones de los mismos.
Una vez que los derechos definitivos ya han sido establecidos y comunicados a los que son sus titulares durante el primer año de aplicación del régimen de pago básico en España, se reconoce la posibilidad de que se produzcan cesiones de derechos que implicarán cambios en la titularidad de los mismos, con efecto en las próximas campañas, según el artículo 28 del Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre de 2014, sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la Política Agrícola Común. Toda referencia a los artículos de dicho Real Decreto, se entenderá hecha al texto vigente en la campaña 2018.
La circular precisa las características de los distintos tipos de cesiones de derechos, los requisitos que han de cumplir las comunicaciones y los documentos a presentar por los solicitantes, regulados por artículo 30 del citado Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre de 2014, y establece criterios homogéneos para la aceptación de las mismas, así como para la aplicación de las retenciones correspondientes (peajes) cuyos importes son incorporados a la Reserva Nacional, como se detalla en el artículo 29 del citado Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre de 2014. Se definen también las validaciones básicas que se aplican a las cesiones de derechos al ser comunicadas a la base de datos de gestión de derechos de pago básico (GPB) de modo que puedan ser definitivamente aceptadas, y se haga efectivo el cambio en la titularidad de los derechos de pago básico.