El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (MAPAMA) ha aprobado una orden ministerial que permite que el mercado de la alimentación animal se abastezca con la producción sobrante de la industria agroalimentaria mediante el impulso de la declaración de la figura de subproductos alimenticios.
De esta forma, la orden permitirá que el mercado de la alimentación animal, actualmente con dependencia de importación de materias primas, pueda abastecerse con los recién declarados subproductos a partir de los sobrantes de producción procedentes de la elaboración de alimentos, lo que permitirá avanzar hacia una economía circular.
En consecuencia, los residuos de producción procedentes de la industria agroalimentaria que se destinen a la alimentación animal pueden declararse subproductos siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en la normativa europea, estatal y autonómica relativas a la alimentación animal.
La orden, publicada ayer en el BOE, ha sido elaborada por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural y por la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, y supone la primera declaración de dicha figura de acuerdo con el artículo 4 de la Ley de residuos y suelos contaminados.
En este sentido, aunque España es el segundo productor de piensos de la UE con una producción anual en torno a los 30 millones de toneladas de pienso, los productores eran hasta ahora muy dependientes de materias primas de terceros países. A partir de la publicación de esta orden, el nivel de dependencia podrá descender, fortaleciendo así la posición del sector.
Esta orden es aplicable a todos los residuos de la industria agroalimentaria destinados a la alimentación animal, y clarifica el marco jurídico aplicable al determinar cuándo el residuo de producción de la industria alimentaria destinado a alimentación animal es un subproducto y cuándo es un residuo, debiendo en este último caso gestionarse conforme a la ley de residuos.
En caso de que dichos requisitos no se cumplan, los residuos de producción procedentes de la industria agroalimentaria no podrán ser destinados a la alimentación animal como subproducto, por lo que tendrán que gestionarse bajo el régimen jurídico de residuos, con el fin de asegurar su correcta gestión y proteger adecuadamente la salud humana y el medio ambiente.