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La dualidad en la calidad de los alimentos

Una misma marca, un mismo envase y, sin embargo, alimentos de diferente contenido y calidad para los consumidores europeos. Eso es lo que llevan denunciando desde hace tiempo algunos países europeos e institutos de investigación y que se produce principalmente (aunque nunca se sabe) en el Este de Europa, cuyos Estados se incorporaron más tarde a la Unión Europea y con un PIB “per capita” inferior a los “viejos” países comunitarios.

El Grupo de Visegrado (República Checa, Eslovaquia, Polonia y Hungría) habían reclamado ya en marzo de 2017 una solución a este problema, puesto que diferentes análisis y estudios apuntaban a que los consumidores de estos países eran los más afectados por prácticas empresariales que ofrecen una calidad dual en sus alimentos, bajo un mismo envase y una misma marca, según a quien vayan destinados.

Ahora, la Comisión Europea, a través del Centro de Conocimiento sobre el Fraude Alimentario y la Calidad de los Alimentos (JRC/CCI),  al que dotó con un millón de euros para este fin, ha elaborado y presentado ante el Foro de Alto Nivel sobre la Mejora del Funcionamiento de la Cadena Alimentaria un protocolo o metodología común para facilitar a las autoridades nacionales de consumo la realización de ensayos en los que se compare de forma objetiva las diferencias percibidas en la composición y las características de los productos alimentarios que se venden con envases similares en toda la Unión Europea.

El objetivo principal será acabar con la práctica de ciertas empresas que venían comercializando, bajo la misma marca y envasado, productos de calidad diferente, dependiendo del país al que fuesen destinados para su venta.

Este problema ya fue citado en el último discurso sobre el estado de la Unión por el presidente Jean Claude Juncker, cuando afirmó que “no puedo aceptar que en algunas partes de Europa se venda a los consumidores alimentos de menor calidad que en otros países, a pesar de que los envases y marcas sean idénticos. Ahora debemos dotar a las autoridades nacionales de más competencias para eliminar las prácticas ilegales cuando existan.”

Las diferencias en la composición podrían pesar en la decisión de un consumidor al comprar un producto que se oferta bajo una misma marca y envases en varios Estados miembros de la UE. La pregunta clave para un consumidor, según Bruselas, es la siguiente: “¿habría comprado este producto de haber sabido que existía una diferencia importante en comparación con el mismo producto que ha probado en otro Estado miembro?” Si la respuesta es “no”, el consumidor no ha sido informado en medida suficiente. Los consumidores deben estar en condiciones de comprender las características principales del producto que compren.

Nadie puede garantizar que esto no sea la punta del iceberg, porque las dudas existen. Por ejemplo, ¿hay seguridad de que esto no sucede también en algunos alimentos que los fabricantes comercializan con marca propia y que también lo hacen, a la vez, para la marca del distribuidor?  ¿O que fabrican con calidad diferente en función de tipo de mercado o de la clase de consumidores a los que van destinados sus productos, incluso tratándose de un mismo país o más si cabe si es un país tercero?

Protocolo común

A lo que más llega por ahora la Comisión Europea es a ofrecer a las autoridades nacionales de consumo ese protocolo común para facilitarles la realización de ensayos en los que se comparen la composición y las características de los productos alimentarios que se venden con envases similares en toda la Unión y que respetan las normas comunitarias.

Los laboratorios de varios Estados miembros, coordinados por el JRC/CCI, que es el servicio de Ciencia y  Conocimiento de la CE, comenzarán a aplicar esta metodología en una campaña de ensayos a nivel comunitario para recopilar datos sobre el alcance del problema de la calidad dual de los alimentos. Bruselas espera disponer de los primeros resultados a finales del presente 2018 y prevé que este ejercicio sirva de guía práctica para las autoridades de consumo encargadas de investigar las prácticas engañosas en el ámbito alimentario.

La comisaria del Mercado Interior, Industria, Emprendimiento y Pymes, Elzbieta Bienkowska, declaró que “todos los consumidores europeos tienen derecho a un trato justo en el mercado único. La metodología común que hemos elaborado con la colaboración de los Estados miembros, las organizaciones de consumidores y las partes interesadas en la cadena de suministro alimentario contribuirá a arrojar luz sobre las diferencias en la composición de los alimentos de marca idéntica en toda Europa.”

Su colega de Justicia, Consumidores e Igualdad de Género, Vera Jourová, abundó en la misma temática, señalando que “el mercado único no puede ser un mercado con doble rasero. Todos los ciudadanos de la Unión deben sentir que se les trata de la misma manera y que reciben información clara y exacta sobre los productos que compran. No pueden ser inducidos a error por envases similares. Animo a las autoridades nacionales a utilizar esta metodología en los próximos meses a fin de atajar esta prácticas.”

El propio responsable del Centro Común de Investigación (JRC/CCI) y comisario de Educación, Cultura, Juventud y Deporte, Tibor Navracsics, indicó que “los consumidores europeos tienen derecho a ser protegidos contra la comercialización engañosa de los alimentos que consumen y los productos que utilizan, y deben tener confianza en la información facilitada por los productores. El procedimiento armonizado para analizar este problema es un ejemplo excelente de la manera en que una labor científica de primer orden beneficia directamente a los ciudadanos.”

El protocolo común de ensayo parte de la base de que todos los productos alimenticios que se vendan en la UE deben cumplir normas estrictas de seguridad; los consumidores han de ser informados de las características esenciales que exige el Derecho de la UE sobre el etiquetado de los alimentos, y no deben ser inducidos a error, por ejemplo, por los envases. Es responsabilidad de las autoridades nacionales de seguridad alimentaria y de protección de los consumidores garantizar que los alimentos comercializados en el mercado único se ajusten a la legislación comunitaria pertinente.

Transparencia

La metodología de ensayo se basa en principios clave como la transparencia, la comparabilidad, la similitud en el muestreo y el ensayo de los productos. Ahora, los laboratorios oficiales de varios Estados miembros de la UE, coordinados por el JRC, van a aplicar este mismo protocolo en una campaña paneuropea de ensayos para recopilar datos sobre el alcance del problema de la dualidad en la calidad de los alimentos, con la intención de disponer de los primeros resultados a finales de este año.

Además de esta decisión, la CE ha adoptado otras medidas, como un conjunto de directrices sobre la aplicación del Derecho de la UE en materia de consumo y alimentos a la dualidad en la calidad de los productos, así como una propuesta de modificación de la Directiva sobre las prácticas comerciales desleales en el marco del nuevo acuerdo para los consumidores, adoptado por la Comisión el 11 de abril de 2018, a fin de aportar claridad jurídica al valorar posibles casos de dualidad en la calidad.

Las directrices enumeran y explican los requisitos pertinentes de la legislación de la UE en materia de alimentación y consumo, a los que las autoridades nacionales competentes en materia de consumo y alimentación deben remitirse al analizar un posible problema de dualidad en la calidad de los productos alimentarios. Establecen un planteamiento gradual para determinar que los productores infringen esas disposiciones. Si una infracción tiene una dimensión transfronteriza, esas autoridades competentes nacionales pueden atajarla a través de la red de Cooperación para la Protección del Consumidor a escala europea.

La legislación comunitaria contempla, por una parte, el Reglamento sobre información alimentaria, que obliga a que los consumidores reciban una información veraz y suficiente sobre un determinado producto alimenticio. Por ejemplo, en las etiquetas de los alimentos debe figurar la lista de todos los ingredientes que contenga un producto.

Por otro lado, la Directiva sobre las prácticas comerciales desleales, que prohíbe este tipo de prácticas, tales como la comercialización de productos de idéntica marca, de manera que pueda inducir a error a los consumidores.

Además, con la iniciativa relativa al acuerdo con los consumidores, la CE persigue también dar poder y competencias a las entidades cualificadas para interponer demandas en nombre de los consumidores y reforzar las facultades sancionadoras de las autoridades de consumo de los Estados miembros.

En resumen, la Comisión Europea ha adoptado una serie de medidas para dar respuesta a la cuestión de la dualidad en la calidad de los alimentos y garantizar que los consumidores pueden confiar en los productos que compren, independientemente del lugar donde residan. Se trata de un paso en la buena dirección, se desconoce si será un paso suficiente.

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